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Si viajabas en el Air Europa Madrid–Montevideo del 1 de julio de 2024, aún puedes sumarte a la reclamación colectiva. El tiempo para actuar es limitado.

Madrid–Montevideo  ·  1 julio 2024  ·  Boeing 787-9  ·  EC-MTI

Madrid–Montevideo  ·  1 julio 2024  ·  Boeing 787-9  ·  EC-MTI

Qué ocurrió en el vuelo UX045

Cronología basada en el informe preliminar de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil.

Cronología

30 junio 2024 · 22:00 UTC — Despegue desde Madrid-Barajas

El vuelo UX045 parte del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas con destino al aeropuerto Internacional de Carrasco (Montevideo). Aeronave Boeing 787-9, matrícula EC-MTI, con 325 pasajeros y 11 tripulantes.

Fuente: CIAIAC A-020/2024

1 julio 2024 · 04:50 UTC — Descenso brusco en fase de crucero

En el FIR Atlántico, cerca del límite con FIR Dakar, se produce un descenso brusco de la aeronave durante la fase de ruta. Como consecuencia, 8 pasajeros resultan heridos graves. Daños menores en paneles del techo de la cabina de pasajeros.

Fuente: CIAIAC A-020/2024

1 julio 2024 · 02:32 hora local — Aterrizaje de emergencia en Natal

La tripulación se desvía al aeropuerto Internacional de Grande Natal (SBSG, Brasil) para proporcionar asistencia médica a los heridos. La aeronave es retirada de servicio para examen.

Fuente: CIAIAC A-020/2024

2 julio 2024 — Traslado de pasajeros

Los pasajeros ilesos son trasladados a Recife y posteriormente continúan viaje a Montevideo en otro avión. Los heridos más graves permanecen hospitalizados en Natal.

Fuente: Fuentes periodísticas

Marzo 2026 — 138 pasajeros inician vía judicial

Tras fracasar las negociaciones con Air Europa, un grupo de 138 pasajeros representados por Coca Advocats y Navas & Cusí decide avanzar por la vía judicial en España.

Fuente: Coca Advocats & Navas & Cusí

Tarjetas informativas

Convenio de Montreal

Responsabilidad objetiva de Air Europa hasta 128.821 DEG. La aerolínea responde sin necesidad de demostrar culpa por lesiones a pasajeros.

Plazo de Caducidad

2 años desde el incidente. La fecha límite para reclamar es el 1 de julio de 2026. La acción debe estar interpuesta antes de esa fecha.

Investigación abierta

El CIAIAC (Ministerio de Transportes) tiene abierta la investigación con referencia A-020/2024. El informe técnico final está pendiente de publicación.

Si eras pasajero de este vuelo y quieres formar parte de la demanda colectiva reclamación, ponte rápidamente en contacto a través del correo afectadosaireuropa@cocaadvocats.com

 

Por qué aportamos informe pericial de daño moral

Para este caso, hemos decidido incluir, a parte de los peritajes oportunos de valoración del daño para los pasajeros que presenten lesiones físicas y psicológicas acreditadas, un informe pericial que acredite y cuantifique el daño moral de cada pasajero. Estas son nuestras razones.

Bloque introductorio: «El problema»

El daño moral — la angustia, el miedo, el estrés postraumático de vivir un descenso brusco a 10.000 metros de altitud — es real pero difícil de cuantificar. No aparece en una radiografía. No tiene un parte de urgencias. Y eso lo convierte en el punto que Air Europa va a atacar con más fuerza en juicio.  Un informe pericial psicológico profesional transforma una experiencia subjetiva en una valoración técnica que el tribunal puede utilizar como referencia objetiva para fijar la indemnización.

Columna izquierda: Sin pericial de daño moral

  • Paso 1 — Relato del pasajero: El daño moral se describe en la demanda basándose en el testimonio del afectado.
  • Paso 2 — Air Europa lo cuestiona: Sin valoración técnica independiente, la aerolínea tiene margen para minimizar o negar el daño moral alegado.
  • Paso 3 — El juez valora libremente: Sin referencia pericial, la cuantificación del daño moral queda enteramente a discrecionalidad del tribunal.

Resultado: Mayor incertidumbre en la cuantía

Columna derecha: Con pericial · Nuestra elección

  • Paso 1 — Perito psicólogo evalúa: Informe profesional que mide el impacto psicológico de la vivencia traumática pero también las consecuencias de la misma que pueden traducirse en patologías psicológicas/psiquiátricas no diagnosticadas pero existentes: ansiedad, TEPT, fobia al vuelo, alteraciones del sueño.
  • Paso 2 — Cuantificación técnica: El daño moral se traduce en una valoración con criterios objetivos. Air Europa necesita contraprueba para rebatirlo.
  • Paso 3 — Referencia sólida para el juez: El tribunal tiene una base técnica concreta para fijar la indemnización por daño moral. Mayor seguridad jurídica.

Resultado: Reclamación de daño moral fundamentada

Nota final

Nuestra posición: con 138 pasajeros, 8 heridos graves y Air Europa habiendo rechazado negociar, cada reclamación necesita la máxima solidez. El informe pericial de daño moral no es un gasto — es el blindaje de la parte más vulnerable del caso.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Por qué es tan importante la pericial de daño moral?

Porque el daño moral es el punto más vulnerable de la reclamación. Air Europa cuenta con equipos jurídicos que van a cuestionar cualquier daño no acreditado con prueba técnica. Sin pericial, la cuantificación del daño moral queda a la discrecionalidad del juez. Con ella, el tribunal tiene una referencia objetiva para fijar la indemnización. Por otro lado, es muy posible que con este trabajo pericial se objetiven lesiones y secuelas psicológicas que habían pasado por alto y se puedan compaginar con la reclamación general de daños personales a valorar por especialista en daño corporal.

¿Y si tengo lesiones físicas además de daño moral?

Las lesiones físicas se acreditan con informes médicos y partes de urgencias. La pericial de daño moral es complementaria a la de valoración del daño corporal: cubre la dimensión psicológica y emocional del incidente, que es más difícil de acreditar sin un informe profesional.

¿Qué normativa se aplica al caso?

El Convenio de Montreal (1999) regula la responsabilidad de la aerolínea en vuelos internacionales. Establece responsabilidad objetiva de Air Europa hasta 128.821 DEG: la aerolínea responde sin necesidad de demostrar culpa por las lesiones sufridas a bordo.

¿Cuánto tiempo queda para reclamar?

El Convenio de Montreal establece un plazo de 2 años desde la fecha del incidente. La fecha límite es el 1 de julio de 2026.

¿De dónde salen los datos del vuelo?

Los datos técnicos del incidente provienen del informe preliminar de la CIAIAC (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil), referencia A-020/2024, publicado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

¿Quiénes llevan el caso?

Coca Advocats junto a Navas & Cusí. Experiencia en derecho de transporte aéreo y reclamaciones internacionales bajo el Convenio de Montreal.

En COCA ADVOCATS luchamos siempre hasta el final para conseguir el mejor resultado para las víctimas.

Testimonios

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